La media sanción en el Senado de la nueva Ley Orgánica de Municipios abre una etapa importante para poner en funcionamiento el régimen de autonomía municipal previsto por la Constitución de Santa Fe. En ese debate participé con una convicción clara: que la ley debía preservar las distintas dimensiones de esa autonomía y establecer principios que permitan a cada municipio ejercer plenamente sus responsabilidades.
La mirada que llevé al tratamiento del proyecto partió de una idea sencilla pero central. Una ley orgánica debe fijar reglas generales que den marco al régimen autónomo, sin restringir la capacidad de cada ciudad para legislar, administrar y conducir la gestión de sus propios intereses. La autonomía municipal necesita bases claras, pero también respeto por la diversidad y la dinámica propia de cada comunidad.
Durante el debate se registraron coincidencias relevantes entre el texto que obtuvo media sanción y los criterios que impulsamos desde el bloque justicialista. Entre ellos, disposiciones vinculadas a la transferencia de competencias y servicios provinciales, el ejercicio del poder de policía municipal, la prestación de servicios públicos, la planificación territorial, la protección del patrimonio cultural, el desarrollo productivo local y las políticas relacionadas con seguridad y convivencia ciudadana.
Estas coincidencias reflejan un proceso legislativo que permitió integrar distintas miradas y avanzar hacia un marco institucional que dé sustento a la puesta en marcha de la autonomía municipal en nuestra provincia.
Al mismo tiempo, cada posición que llevé al recinto se nutrió del diálogo con quienes conviven todos los días con la realidad de los gobiernos locales. Intendentes, presidentes comunales, equipos técnicos, instituciones y referentes del territorio aportaron miradas valiosas para entender con mayor precisión qué herramientas necesitan hoy los municipios y comunas.
Ese intercambio también permitió identificar aspectos del proyecto que merecen una revisión más profunda. Durante el tratamiento del texto señalé algunas observaciones vinculadas al diseño institucional propuesto en la norma, particularmente en la organización del régimen municipal según cantidad de habitantes y en la diferenciación entre comisiones municipales y concejos municipales, una estructura que no surge de manera directa del texto constitucional.
También considero que cuestiones vinculadas a los sistemas de control institucional, la rendición de cuentas y la administración financiera municipal requieren un desarrollo más detallado dentro del marco legal.
El proceso legislativo incluyó reuniones, consultas e intercambios entre los distintos bloques parlamentarios y con actores del ámbito municipal. Ese trabajo permitió avanzar en acuerdos importantes y alcanzar la media sanción de una norma que constituye una base institucional relevante para la organización del régimen municipal en Santa Fe.
Estoy convencido de que las leyes que organizan la vida institucional de nuestras comunidades adquieren mayor solidez cuando nacen del diálogo con quienes las van a aplicar en el territorio. Ese fue el espíritu con el que participé en este debate y el criterio que seguirá guiando mi trabajo legislativo.
